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lunes

Conferencia: La brecha digital en Córdoba

Valle Sierras Chicas. Córdoba. Especial Tierra Libre Digital. Este próximo jueves 14 de septiembre, a las 18,30 hs. desarrollaré la conferencia “La brecha digital en Córdoba como condicionante para la industria cultural local. La brecha en pymes sobre periodismo digital como diarios y revistas”en el marco de la Feria del Libro – Córdoba 2006, como parte de mis otras actividades de consultor sobre temas de Sociedad de la Información y Periodismo Digital.
En la conferencia se abordarán temas tan fundamentales como la inserción de Córdoba en la Sociedad de la Información y su estadio de desarrollo en la provincia: la brecha digital en el orden local y nacional, como las consecuencias sobre el aparato productivo, el empleo, la educación, y la posibilidad de existencia, supervivencia y crecimiento de la industria cultural cordobesa. Esto es: cuando la economía digital basada en la innovación tecnológica es la que produce el crecimiento y bienestar en aquellos países que han apostado por esta transformación, como hará Córdoba para sobrevivir y crecer en éste contexto?, ¿Cómo aprovechar mejor las oportunidades para crear empleos calificados, atraer inversiones, facilitar el acceso a las autopistas de la información en condición de igualdad para los que viven en el centro de la Capital como los que están en pueblos perdidos del interior, o que cualquier chico que va a una escuela pública no salga siendo un analfabeto digital? ¿Cómo Cba puede transformarse de cara al siglo XXI y ser proveedora de contenidos para los 450 millones de hispanoparlantes?
Asimismo, se hará especial hincapié en la realidad local de los distintos actores de la industria cultural cordobesa, el mundo editorial online –en particular los medios de comunicación- y la adaptación necesaria para asegurar tanto la supervivencia de cada uno de ellos como de la importancia de la existencia de medios locales fortalecidos como factor de desarrollo de la industria cultural cordobesa.
La conferencia será presentada por Fabián García, reconocido periodista y editor, y cuenta con el patrocinio de Tierra Libre Digital en el marco de su 15° aniversario, y está destinada a Público en Gral. Profesionales de la cultura y la información, como de la informática y la economía. Alumnos de Comunicación, Cs de la Información, Publicidad, Admnistración / Economía, Marketing, Cs. Sociales en general. Cs. de la Educación, Informática. Graduados universitarios y profesionales del sector. Funcionarios, Autoridades de ciencia y técnica, y público en gral. Y habrá de realizarse en la Sala Regino Maders de la Legislatura local, cita en Dean Funes y Ob. Trejo, con entrada libre y gratuita.
Para quienes aquí en particular no conocen estas tareas, debo comentar que soy doctor en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y fundador del Observatorio de la Sociedad de la Información de la Rep. Argentina, he dictado diversos cursos y conferencias como ponencias en congresos y simposios internacionales en la Argentina y Europa sobre Periodismo Digital y Sociedad de la Información y publicado numerosos artículos sobre el tema en revistas profesionales y científicas de EE.UU., Europa y Latinoamérica. Además de haberme desempañado como docente universitario (en diversas universidades públicas y privadas) y becario de Investigación de la Agencia Córdoba Ciencia (Ex Conicor).

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2 Comments:

  • Vuelvo al blog varios dias despues ya que escuche que darias un curso de periodismo, y como fui a escuchar la conferencia, que me parecio muy buena, e interesante, porque no veo que nadie de ninguna esfera del gobierno (nacional, provincial o municipal) se preocupen por esto, que es crucial para el futuro (y el presente) de la Argentina, mis felicitaciones !
    saludos
    Javier

    By Blogger despedida de solteros, at 5/10/06 05:02  

  • AMOS JUAN COMENIUS
    PAULO FREIRE
    PROFESOR EDUARDO MARCELO COCCA jpg

    Titulo
    El Profesor Universitario
    Autor
    Eduardo Marcelo Cocca
    Resumen
    Debemos tener en claro, si queremos una educación universitaria artesanal, amateur, o una educación en manos de verdaderos profesionales de hecho y de derecho, como corresponde y nos merecemos, y sobre todo en un país en serio, donde debe reinar por encima de todo el Estado de Derecho, al todos debemos propender para que su ejercicio, no sea una expresión de deseos, sino una realidad, a la que todos sin ninguna duda aspiramos.
    Lo habitual, tanto en universidades publicas como privadas y con la anuencia de sus autoridades, los Profesores Universitarios, son solamente de hecho, detentan una carrera de grado y tanto ellos como las autoridades, consideran suficiente merito para habilitarlos como profesores, en abierta contradicción con las leyes que regulan el ejercicio de la profesión, L.E.S. Art.. 36, Código Penal, etc.
    Palabras claves
    Usurpación de Titulo, Profesor Universitario, Estado de Derecho
    Fecha de envío
    24/11/06
    Fecha de recepción
    24/11/06
    Introducción
    Desde un punto de vista estrictamente jurídico estamos frente a una flagrante violación de la ley, delitos penales incluidos, creo que no es necesario recordar que todo ciudadano tiene obligación de conocer la ley, ni que decir si se trata de letrados.
    Desgraciada y alegremente tanto participes necesarios, como autoridades que nombran en estos puestos, están incursas en el delito, recordar el CP, cuando nos dice aquel que designe a alguien sin titulo suficiente, podemos cerrar los ojos o mirar para otro lado, tal como hemos hecho hasta ahora,pero después nonos quejemos de los resultados o busquemos chivos expiatorios en la escuela secundaria, cuando el verdadero problema, núcleo de esta cuestión es la universidad misma, que claro, manejada por amateurs y no verdaderos profesionales, titulados los resultados no pueden ser otros que los que se exhiben, lamentablemente.
    Desarrollo
    El Estado Nacional, a través del Ministerio de Educación otorga como corresponde, autorización a diferentes universidades publicas y privadas, el permiso para el post- grado de Profesor Universitario y posterior otorgamiento del titulo correspondiente, luego de cursada y aprobada la curricula especifica de la carrera.
    Ahora bien, la gran mayoría de los profesionales que ejercen como docentes universitarios, salvo raras excepciones, carecen del titulo de Profesor Universitario.
    El Profesor Universitario, cuando esta en clase frente al alumnado, no esta en calidad de abogado, juez, medico, ingeniero, etc., sino cumpliendo la función y desempeñando el rol de Profesor Universitario, y para lo cual y se cae de maduro que su carrera de grado no es suficiente para el ejercicio profesional como Profesor Universitario, tal como lo marca el sentido común y las regulaciones de las leyes.
    Prima facie, estos profesionales, sin titulo de Profesor Universitario, estarían alcanzados por el Art.. 246.- inc.1.-Usurpación de Títulos.-del Código Penal, que dice:el que ejerciera o asumiere funciones publicas sin titulo.- Art., 247.- Según ley 24527.- Usurpación de Títulos,- Código Penal.- que dice: el que ejerciere actos propios de una profesión......, sin poseer titulo...... y luego dice: el que se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren.
    La ley de Educación Superior N* 24521, Art.. 36, nos dice: los docentes de todas las categorías deberán poseer titulo universitario de igual o superior nivel a aquel en el cual ejercen la docencia.........,o sea que si ejercen como Profesor Universitario, tal como taxativamente lo marca la ley, deberán tener titulo de Profesor Universitario, además del titulo de la carrera de grado que lo habilita en la especialidad.
    Las universidades otorgan el titulo de Profesor Titular, Asociado, Adjunto o Jefe de Trabajos Prácticos. Le recuerdo aunque parezca una verdad de Perogrullo, para acceder al titulo de Profesor Universitario, hay que cursar y aprobar una determinada curricula. La ley de Educación Superior, que la que norma, contiene y da marco legal a las universidades, ni aun en el párrafo referido a la autonomía universitaria, no dice en ninguna parte que estas puedan nombrar a cualquier profesional con titulo insuficiente como Profesor Universitario.
    Desde el punto de vista del Derecho, supongamos que alguien que ejerce la profesión de Abogado, pero no sabe que es el Código Civil, ni quien fue Vélez Sarsfield, con toda seguridad ningún letrado aceptaría esta situación,sin embargo la mayoría de los Profesores Universitarios ( de hecho ), no saben quien fue Amos Comenius, ni que decir de su " Didáctica Magna ", o incluso mas en nuestros días, el colega Abogado y Pedagogo Paulo Freire, quizás el mas importante en la historia de la educación latinoamericana, con su celebre texto " La Pedagogía del Oprimido ".
    El Profesor Universitario, tiene la obligación de conocer, perfecta y profundamente, las corrientes didácticas imperantes, para que de acuerdo con su leal saber y entender, y luego de todos los análisis pertinentes, se enrolaren en la corriente conductista, humanista, constructivista o mixta, o incluso alguna elaboración personal basada en conocimientos que los especialistas elaboraran día a día, para aquellos a los que de verdad nos importa la educación universitaria abrevemos.
    Lo mismo sucede con cual es la metodología de enseñanza, que aplicaremos con el alumnado, será lineal, concéntrica o espiralada, el manejo de cualquiera de estas técnicas, debe ser algo tan habitual para el verdadero profesional, que cumple el rol de Profesor Universitario, como el hablar o escribir para cualquiera de nosotros.
    Lo expuesto hasta aca, no llega a ser ni la punta del iceberg
    Entonces señores de una vez `por todas a llegado el momento de ponernos los pantalones largos, y que asumamos como no puede ser de otra manera, que no se puede ejercer una profesión, ni ser un profesional de la misma sin titulo habilitarte.
    Como colofón y para dejar palmariamente demostrado todo lo expuesto hasta aquí, digamos que todos los meses cobramos una limosna, a la que las universidades llaman sueldos, y las remuneraciones son en concepto de Profesor auxiliar, jtp, adjunto, asociado o titular, insisto a cualquiera de estas categorías llegaron por una varita mágica que los designo inmerecidamente contra de todas las leyes del sector incluso reitero el Código Penal, que en este caso no cumple su función preventiva como debería y todos estamos esperando el irrestricto cumplimiento de la norma
    Conclusión
    Seria deseable, que las autoridades competentes y dando un plazo de 24 o 36
    meses, para que los actuales Profesores Universitarios de hecho, se conviertan en Profesores Universitarios de Hecho y de derecho, para orgullo propio y de toda la comunidad educativa.
    Temas a debatir
    Profesores Universitarios de hecho o de hecho y de Derecho
    Profesores Universitarios Profesionales de la educación o amateurs de la educación universitaria
    Bibliografia
    Ley de Educacion Superior Nro. 24521
    Codigo Penal Argentino

    --
    Posted by PROFESOR COCCA to PROFESOR COCCA at 11/25/2006 12:19:00 PM

    By Anonymous Anónimo, at 11/12/06 18:52  

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